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PARTE II. ¿Cómo se ha clasificado la enfermedad que nos tiene bajo emergencia sanitaria?

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Lupus
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Publicado el 2020/05/07 / En Conocimiento

Contacto: legal@megias-abogados.com

¿Por qué se impide acceso directo e inmediato a los certificados de defunción? ¿por qué no se permite el reconocimiento de cadáveres a los familiares? No hay excusa en plena era de las tecnologías para impedirlo. ¿Pero realmente hay peligro en verificar un cadáver o el peligro solo está en manipularlo?

Nos han borrado de un plumazo nuestros derechos como pacientes y esto ha sido fácil pues no dotando a los profesionales de medios de protección, se sumía en un caos a toda la población. Mientras parte de la población sigue aplaudiendo, muchas personas fallecen y lo hacen aisladas, sin nadie que vele por sus derechos como pacientes desde el exterior y quedando en manos de otras personas que no conocen; profesionales que no son héroes, son humanos que no han tenido medios y como en cualquier profesión, los habrá diligentes y los habrá menos diligentes. Muchos médicos se están dejando la salud y la vida en su trabajo porque es la profesión que eligieron (eso hace un médico, salvar la vida de las personas); pero hay constancia de que algunos han querido (a la manera que podían) suplir la parte emocional que los familiares no podían cubrir con los pacientes y eso sí merece reconocimiento por esa parte adicional.

De la misma manera, se ha sumido en un absoluto abandono a personas que antes de la situación sanitaria actual estaban siendo tratadas o seguidas por otras enfermedades o patologías y han pasado a convertirse en "los aparcados" como si sus vidas fueran menos importantes que las de los nuevos enfermos. Se ha mezclado a todos los profesionales médicos sin dejar a un grupo "intacto" que no se hubiera expuesto a fin de seguiir tratando a los demás sin riesgo de contagio.

Por otro lado, se está vulnerando todo el sistema de derechos que asisten a los familiares de fallecidos porque se les impide ejercer su derecho a reconocer e identificar a sus seres queridos que han fallecido antes de ser supuestamente enterrados o incinerados. Y digo "supuestamente" porque muchos esperan aún después de semanas o meses, el certificado de defunción que es fundamental para la licencia de enterramiento además de ser dicho certificado la prueba de la realidad registral de un hecho (el fallecimiento).

Las familias de fallecidos han sido relegadas a la condición de meros espectadores “atados de pies y manos” y a espera de noticias, sin derecho a conocer de primera mano y ver cuanto acontece con sus familiares ingresados bajo la "supuesta orden recibida porque se trata de una enfermedad infecto contagiosa".

Dejemos de idealizar en términos generales o por profesiones porque es peligroso: la valentía en luchar por lo que uno cree justo no depende de una profesión ni de un título, depende de cada persona, sus valores y su fuerza interior y no todos los sanitarios pueden, quieren o se atreven a ir contra lo que se les ordene a pesar de que juraron salvar vidas por encima de todo y sin hacer distinción de edad. De hecho, antes de esta situación sanitaria se cometían negligencias médicas y no por hallarnos en esta situación de emergencia sanitaria, debemos pensar que ahora se hayan dejado de cometer, sino todo lo contrario. De hecho resulta curioso que haya muchas otras personas y profesionales que sean vitales, como pudiera ser el personal de limpieza de hospitales, Centros, etc y a ellos no se las reconozca nada. ¿Solo interesa proteger a los colectivos que pueden ser el blanco de acusaciones de abusos o de acusaciones por negligencia? ¿Es un método efectivo concienciar a la población de que estos colectivos son héroes y salvadores para así calmar los ánimos y disuadir de reclamaciones y del derecho a exigir responsabilidades?

¿EXISTE BASE LEGAL Y FUNDAMENTO SANITARIO SUFICIENTES PARA PROHIBIR A LAS PERSONAS VELAR A SUS SERES QUERIDOS? ¿Y MÁS GRAVE AÚN: EXISTE BASE LEGAL Y FUNDAMENTO SANITARIO SUFICIENTES PARA PROHIBIRLES RECONOCER A SUS SERES QUERIDOS FALLECIDOS ANTES DE QUE SE PROCEDA A DAR DESTINO A LOS
CADÁVERES?

¿Quién es responsable de esta vulneración? ¿El Gobierno? ¿Exclusivamente el Ministerio de Sanidad? ¿El personal de las empresas funerarias? ¿Los propios afectados o familiares de afectados que acatan “de modo voluntario” las negativas verbales de quien los llama para comunicar el fallecimiento?

Enlaces:
Documento técnico. Procedimiento para el manejo de cadáveres de casos de COVID-19. Versión del 13 de abril de 2020.
https://www.mscbs.gob.es/profe....sionales/saludPublic

Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.
https://www.boe.es/buscar/doc.....php?id=BOE-A-1974-13

Guía de Consenso sobre Sanidad Mortuoria. Aprobado en Comisión de Salud Pública de 24 de julio de 2018.
https://www.mscbs.gob.es/profe....sionales/saludPublic

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1 Comentarios sort Ordenar por

henda
henda 4 años

Muchisimasssss GRACIAS.......En 2 palabras im presionante.

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